El Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre la posibilidad de reclamar tanto a instancia de parte como de oficio, la restitución íntegra de las cantidades indebidamente pagadas por una clausula suelo declarada nula, independientemente de que el consumidor no haya decidido recurrir.
Ya en el año 2019, el Tribunal Supremo permitió reclamar cláusulas suelo, aunque la hipoteca hubiera vencido, pues ha considerado que la extinción del contrato no priva al consumidor de reclamar el dinero que se le cobró indebidamente.
Todo consumidor que firmara una cláusula suelo abusiva en su hipoteca, tiene derecho a reclamar a su entidad la cantidad de dinero debidamente cobrada.
¿Cuál es el plazo?
Si bien es cierto que el artículo 1301 Código Civil establece un plazo de 4 años para emprender la acción de nulidad, en el caso de las cláusulas abusivas nos encontramos ante una nulidad imprescriptible y de pleno derecho, por lo que existe la posibilidad de solicitar la restitución de las cantidades que corresponda en cualquier momento, esto es, aunque haya transcurrido un largo período de tiempo desde la concesión del préstamo hipotecario.
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Sandra U. John Michael Abogada