Ayudas para afrontar alquileres a familias afectadas por el Coronavirus
El pasado lunes 31 de marzo entró en vigor el Real Decreto 11/2020 cuya Disposición transitoria tercera, establece, el Carácter retroactivo y la tramitación de dos tipos de prestaciones, para aquellos empleados de hogar que por causa directa de la crisis sanitaria que afecta al País, hayan perdido sus puestos de trabajo y por tanto se vean privados de sus ingresos habituales.
Estos subsidios son.
- El subsidio extraordinario por falta de actividad de las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados del Hogar
- El subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal.
¿Qué requisitos ha de cumplir el emplead@ de hogar?
El Real Decreto 463/2020. establece que tendrán derecho a esta nueva prestación las personas dadas de alta como empleadas de hogar antes del estado de alarma (14 de marzo de 2020) y que hayan dejado de prestar servicios en uno o varios domicilios, total o parcialmente, como consecuencia de este.
También las que hayan sido objeto de despido o desistimiento de contrato durante la crisis sanitaria.
¿Dónde he de solicitar la prestación?
Esta prestación ha de solicitarse ante el Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE que establecerá dentro de este mes de abril, el procedimiento para la solicitud, es decir los formularios a rellenar y el sistema para solicitarlo que, seguramente será de manera telemática.
¿Qué documentación he de presentar?
Para solicitar la prestación, es necesario acreditar la pérdida total o parcial de la actividad con la declaración responsable firmada de la persona empleadora, la carta de despido, la comunicación de desestimiento o la baja en el Sistema Especial de Empleadas de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
¿Qué importe voy a cobrar?
La norma recoge que el importe dependerá de la retribución percibida con anterioridad y será el setenta por ciento a la base reguladora referida, y no podrá ser superior al Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias
Por el momento el SEPE no ha informado de los pasos a seguir para la solicitud del subsidio de empleo, pero es inminente que este Servicio establezca el cauce reglado para la solicitud de los subsidios.
En Luna & Luna Abogados, intentaremos estar a tu lado en este difícil momento, ponte en contacto con nosotros e intentaremos ayudarte
Juan M. Luna
Abogado