Me ha caducado el Dni durante el Estado de Alarma, ¿qué debo hacer?
A muchos nos surge la pregunta de qué debo hacer si durante el Estado de Alarma caduca alguno de nuestros documentos identificativos.
Ya tratamos anteriormente la suspensión de todos los plazos administrativos y judiciales en el artículo de nuestra abogada Carmen Ordóñez. Así como las devoluciones de artículos comprados por Internet en el artículo de nuestra compañera Cristina Cañadas, pero vamos a intentar responder a nuevas dudas que nos plantean nuestros clientes.
“Queda prorrogada por un año, hasta el día 13 de marzo de 2021, la validez del documento nacional de identidad de las personas mayores de edad titulares de un documento que caduque desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma”
Pero,
¿Qué pasa con mi carné de conducir?
En esta ocasión nuestros colaboradores “Psicotécnicos Anma” han respondido a estas preguntas en sus Redes Sociales, dónde nos explican que por Orden del Ministerio del Interior dictada el pasado 21 de marzo, “ Se prorroga durante 60 días la vigencia de los carnés de conducir que caduquen durante el estado de Alarma”
En el caso de caducidad durante estos días, de otros permisos y licencias, como de armas o los llamados “PPP” (Perros Potencialmente Peligrosos), la norma no es clara, debe entenderse por tanto que su vigencia se prorroga durante la vigencia del Estado de Alarma, por lo que os aconsejamos que os pongáis en contacto con Psicotecnicos Anma, quienes os ayudarán con estos trámites.
En Luna & Luna Abogados, contamos con colaboraciones profesionales como Psicotécnicos Anma para dar cumplida respuesta a todos nuestros clientes.
Juan M. Luna
Abogado