El BOE publica la Orden por la que se permitirá hacer deporte y salir a pasear a partir del próximo domingo 2 de mayo.
La orden ministerial publicada en el día de hoy , indica que a partir del 2 de mayo los mayores de 14 años, podrán salir a hacer deporte, vamos a indicaros qué aspectos debéis tener en cuenta:
1 Queda permitida la práctica no profesional de cualquier deporte individual sin contacto
- Sólo una vez al día y durante las franjas horarias previstas.
¿Limite de movimiento?
- El término municipal es el límite y dentro de la franja horaria permitida para hacer deporte.
- Y para los paseos el límite es un kilometro con respecto al domicilio habitual, pudiendo ir acompañados de una persona con quien convivan o con la persona encargada de sus cuidados.
¿Cuales son las franjas horarias?
Para el deporte:
a) Entre las 6:00 y las 10:00 hs y entre las 20:00 y las 23:00 hs.
b) Paseos y las personas mayores de 70 de años podrán practicar deporte individual y pasear entre las 10:00 y las 12:00 hs y entre las 19:00 y las 20:00 hs.
Las personas mayores de 70 años podrán salir acompañadas de una persona conviviente de entre 14 y 70 años.
Estas franjas no serán de aplicación para municipios con menos de 5.000 habitantes.
¿En qué lugares puede practicarse deporte?
¿En qué lugares puede practicarse deporte?
1. Se podrá practicar deporte en cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas.
2. No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas.
3. No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público.
¿Quien no puede practicar deporte?
– Personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID19.
– Tampoco podrán hacer uso de dicha habilitación los residentes en centros sociosanitarios de mayores.
¿Requisitos para evitar contagios?
- Durante la actividad física, deberá mantenerse distancia con terceros 2 metros.
- Se deben evitar los espacios concurridos.
- En la medida de lo posible, debe realizarse de manera continuada evitando paradas innecesarias en las vías o espacios de uso público.
- Deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
- Las entidades facilitarán el reparto de espacio público a favor de peatones y deportistas.
Juan M. Luna Arroyo
Abogado